Hoy en día la morosidad está a la orden del día, pero debemos preguntarnos, ¿Hacemos todo lo posible para evitarla?

En este artículo se pretende dar una serie de consejos para evitar o al menos reducir la morosidad de nuestro negocio.
Como cada negocio es distinto, los consejos que voy a enunciar son generales pero seguro que alguno de ellos se puede servir para tu negocio.
1.- Las palabras se las lleva el viento. Cuando sea posible, se recomienda establecer por escrito los detalles del bien que se va a vender o de los servicios que se vayan a prestar. Deberemos indicar claramente lo que se incluye en el precio y lo que queda fuera, así evitamos malos entendidos.
2.-Solicita una provisión o el pago aplazado. Si el importe de tus productos o servicios es elevado, es aconsejable solicitar que se pague parte del precio por adelantado. De esta forma, el pago del resto del precio se hace más llevadero para el cliente, y para el caso de que no nos paguen el resto al menos no habremos trabajado o vendido nuestro producto de forma gratuita. Otro modo de evitar la morosidad es aplazar el pago de la deuda. Incluso en algunos casos resulta recomendable tener algún acuerdo con una entidad financera, ya que aunque la financiera percibe parte del precio de los bienes o servicios, muchas veces compensa, pues es la que asumirá el riesgo de impago.
3.- Recuérdale a los morosos la deuda. Haz un listado de los impagados que tienes y llámalos por teléfono de forma frecuente para recordarles la deuda pendiente. Cuando el teléfono ya no funcione, no está de más remitir una carta haciéndole saber nuestra intención de reclamar la deuda por vía judicial.
4.-El tiempo, nuestro enemigo y amigo de los morosos. En el viejo refranero español se dice «Deuda vieja, deuda muerta». No dejes que quede sin efecto la deuda, actúa. El Código Civil español recientemente ha reducido el plazo general de prescripción de quince años a cinco. Asimismo, hay determinadas deudas que prescriben a los tres años, por lo que hay que actuar frente a los impagos sin que transcurra mucho tiempo. Existen formas de interrumpir la prescripción, una de ellas es la que hemos enunciado en el apartado anterior, que es enviar una carta al moroso reclamándole la deuda. Para evitar que el deudor niegue su recepción es conveniente que se envíe de forma que se acredite la recepción, por ejemplo mediante burofax. O se puede presentar directamente una reclamación judicial. A partir del momento de interrupción de la prescripción el plazo de 5 años empezará a contar desde cero.
5.- Más vale que te paguen tarde que nunca. Cuando la deuda no es negada por el moroso es conveniente que se firme un documento de reconocimiento de deuda y pago aplazado. Si la deuda no se puede pagar debido a la falta de capacidad económica del deudor el aplazamiento es una forma inteligente de cobro de la deuda. En primer lugar nos interrumpirá la prescripción y la relación con la persona que adeuda la cantidad no se deteriora como ocurre cuando acudimos a la vía judicial.
6.-Último recurso, la vía judicial. Si hemos agotado todas las vías, lo recomendable es ponernos en manos de un abogado y presentar una demanda de juicio monitorio. En este tipo de procedimiento judicial se presenta una demanda donde se reclama la cantidad junto con las facturas o la documentación que acredita la deuda. Una vez presentada, el juzgado da al deudor un plazo de veinte días para que pague o indique las razones por las que no adeuda la cantidad reclamada. Si el deudor no contesta en el plazo establecido se podrán embargar sus bienes para el pago de la deuda. Si contesta negando la deuda por alguna razón se celebraría un juicio.
7.- Morosidad y Agencia Tributaria. El IVA de las facturas emitidas debe se pagarse aunque no nos hayan pagado la factura. Desde el año 2014 existe la posibilidad de solicitar la devolución del IVA de las facturas impagadas, pero este procedimiento únicamente se puede realizar si se ha presentado previamente una reclamación judicial.
En resumen, puedes evitar que tus deudas aumenten con esta serie de consejos, si no funcionan, siempre es recomendable actuar frente a la morosidad para evitar que las deudas arruinen tu negocio.
Laura Beltrán Ciscar
Abogada en LBC ABOGADA



